Obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones. Certificado digital

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Certificado digital

Sujetos que están obligados a relacionarse electrónicamente  con la Administración Pública  para realizar cualquier trámite. Certificado Digital

¿ Sabes que quizá estés obligado a relacionarte electrónicamente con Agencia Tributaria, Seguridad Social, Dirección General de Tráfico etc, haciendo uso de tu certificado digital y aún no lo sepas?. Mira en esta lista de obligados si estas entre ellos:

1) Las personas jurídicas.

2) Las entidades sin personalidad jurídica.

3) Las personas físicas que realicen una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria. En todo caso, se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles así como, gestores, economistas, asesores fiscales que actúen como colaboradores sociales.

4) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electróni­camente con la Administración.

5) Se podrán establecer reglamentariamente otros sujetos con obligación de mantener relación electrónica con la Administración Pública.

Las personas físicas, distintas de las citadas, podrán utilizar los medios tradicionales al relacionarse con la Administración, aunque también tienen el derecho de optar por hacerlo de forma electrónica si fuera su deseo.

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Llámanos 91 352 29 92 o escríbenos a través del formulario de contacto

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