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¿Aumento la base de cotización del RETA  o contrato un Plan de Pensiones?

¿Ahorro público o ahorro privado para tu pensión? Seguro que más de una vez te has preguntado si deberías incrementar la base de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o buscar una alternativa para complementar tu pensión, como por ejemplo contratar un plan de pensiones o un plan de ahorro (PIAS o Plan de Jubilación).

 

3 variables a tener en cuenta para poder tomar la decisión correcta

 

La edad.

La primera y quizás más importante. No es lo mismo una persona que tenga la jubilación a 10 que a 20 años vista.

La profesión

Un trabajador manual, un albañil o un peón etc  cuyo trabajo requiere un esfuerzo físico considerable, debe jubilarse antes que un profesional liberal, un médico o un notario por ejemplo.

La capacidad de ahorro

Actualmente nos encontramos con una gran cantidad de “autónomos- mileuristas”, que difícilmente pueden permitirse planificar mejoras a la jubilación.

Ahora que ya has analizado estas tres variables, valora las diferentes posibilidades ayudándote de los tres supuesto que te vamos a explicar.

 

Aumento de la base de cotización del RETA

Si tienes una edad inferior a 47 años puedes aumentar la base de cotización del RETA hasta alcanzar la base máxima, lo que te permitirá llegar a percibir la pensión máxima, actualmente 2.580,13€ mensuales o 36.121,82€ anuales. Ojo que para tener este derecho deberíamos hacer pagos mensuales de 1.106€, con los límites actuales, con lo que en 20 años pagaríamos 265.584€.

Si ya tienes 48 años. Pues, a partir de esa edad se limita la base máxima por la que podremos cotizar al RETA, que será de 2.023,50€.

Te recordamos que esta base de cotización también sirve para cubrir varias contingencias, no solo la de jubilación, ya que estarías cotizando  para la cobertura de enfermedad y accidentes, lo que te permitiría percibir una retribución en caso de producirse estas contingencias.

 

Constitución de un Plan de Pensiones

Otra opción que tenemos es la constitución de un Plan de Pensiones. Los límites actuales han reducido la aportación que se puede hacer con reducción de la Base Imponible en el IRPF. De los antiguos 12.000€ han pasado a 8.000€. Una reciente resolución ha permitido que al cabo de los 10 años de su constitución los planes de pensiones se puedan rescatar.

Personalmente, solo recomiendo los Planes de Pensiones para rentas altas, dado que en el momento de aportar se minora la base imponible en IRPF, y cuando se rescate, momento en que se supone un menor nivel de renta, se incrementará.

Para las rentas bajas, nos podemos encontrar con un escaso ahorro ahora y al recuperarlo una alta tributación.

 

Planes integrales de ahorro sistemático

Se trata de un producto financiero encaminado a ahorrar a largo plazo. Tienen unos límites anuales de 8.000€ de aportación y 240.000€ a lo largo de la vida del plan.

La gran ventaja fiscal es que la rentabilidad que se haya obtenido hasta el momento en que se empieza a percibir la prestación, no tributa, por ser una ayuda a la pensión pública.

Para tener esta ventaja deben transcurrir más de 10 años desde la primera aportación, y percibirlo en forma de renta vitalicia.

En caso de necesidad se puede rescatar pero perdiendo las ventajas fiscales.

 

Es importante planificar correctamente la jubilación, pero no existe una fórmula mágica. Si quieres que valoremos tu caso particular, ponte en contacto con nosotros y te ayudamos a elegir la forma más ventajosa para ti. 

Llama al 91 352 29 92   escribe a hola@gyl-asesores.es o contacta a través del siguiente formulario.

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