Autónomos. Cese de actividad por el Coronavirus-Covid-19

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utónomos CESE ACTIVIDAD COVID 19

AUTÓNOMOS. CESE DE ACTIVIDAD POR EL CORONAVIRUS

Si eres autónomo, te has visto afectado por el Coronavirus COVID-19 y estas obligado a cerrar por el Real Decreto de 14 de marzo, podrás solicitar el cese de actividad.

Los requisitos y condiciones dependerán del tipo de autónomo que seas.

autónomo no societario

 

AUTÓNOMO NO SOCIETARIO

Si tu actividad es una de las establecidas y obligadas a cerrar en el Real Decreto, entonces podrás presentar el cese de actividad. Los requisitos son los siguientes:

  • Estar de alta entes del día 14 de marzo, que fue cuando se decretó el estado de alarma.
  • Encontrarse en situación de alta, a la fecha de solicitud. Por tanto, no os podéis dar de baja en el IAE.
  • Será tu mutua quien tendrá que realizar la tramitación y las gestiones oportunas. En el Consejo de Ministro que se celebrará el día 24 de marzo , se espera que se tomen nuevas medias, entre las cuales se espera que los trámites para esta gestión se agilicen.
  • Podrán además solicitar la prestación por cese de actividad, si durante el mes de referencia, por ejemplo marzo, el autónomo no societario ha facturado un 75% menos que la media de facturación de los últimos 6 meses. 

 

AUTÓNOMO SOCIETARIO

A día de hoy, los autónomos societarios, no tienen derecho al cese de actividad por COVID-19. Se espera que en el próximo Consejo de Ministros se aprueben nuevas medidas al respecto. Si así fuera, habrá que espera a su publicación en el BOE que se realizaría el miércoles.

 

RECIBO DE AUTÓNOMOS. AVISO 

 

Recordarte que el recibo de autónomos correspondiente a este mes, es obligatorio realizar el pago. En otro caso, pasarán a vía ejecutiva.

En caso de que finalmente tuvieras derecho a la prestación por cese de actividad, motivada por el Coronavirus (COVID-19), podrás pedir la devolución, por vía telemática,  de dicho recibo.

 

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