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Comercio minorista. Reapertur

REAPERTURA DE ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES DEL COMERCIO MINORISTAS Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma.

EXCEPCIÓN:

Los que tengan una superficie de más de 400 metros cuadrados, así como de aquellos que tengan carácter de centro comercial o  parque o que se encuentren dentro de los mismos sin acceso directo e independiente desde el exterior.

 

REQUISITOS PARA LA REAPERTURA

Los requisitos que establece la nieva orden SND/388/2020 de 3 de mayo para la reapertura de los establecimientos y locales del comercio minorista con los siguientes:

  • Cita previa. Y en el interior del establecimiento un cliente por  cada trabajador. No se pueden habilitar zonas de espera en el interior. Por tanto la espera  será fuera del local.
  • Atención INDIVIDUALIZADA. Medida de seguridad y separación física entre cliente y empleado. En caso de no ser posible habrá que instalar mamparas y mostradores.
  • Fijar un horario preferente para mayores de 65 años que tendrá ser durante el horario establecido para los paseos y actividad física de este colectivo.

Todos estos establecimientos  incluidos en esta  orden Orden SND/388/2020, de 3 de mayo,  y que van a realizar la reapertura, pueden  fijar sistemas de recogida  de productos en el local, pero siempre garantizando una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.

Los desplazamientos a los establecimientos y locales  se realizarán únicamente dentro del municipio de residencia, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.

 

¿Y LAS PELUQUERÍAS, CENTROS DE ESTÉTICA O FISIOTERAPIA?

peluquería covid

 

Tendrán que usar el equipo de protección individual para que tanto el trabajador como el cliente queden protegidos. Deben al mismo tiempo asegurar a distancia de dos metros entre un cliente y otro. CUIDADO  CON ESTO. Tener siempre en cuenta la premisa “ 1 cliente por cada trabajador “

Las medidas de distancia también en vestuarios, taquillas y aseos de los trabajadores, así como en las áreas de descanso, comedores, cocinas y cualquier otra zona de uso común.

 

MEDIDAS DE HIGIENE EN LOS ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES CON APERTURA AL PÚBLICO

Limpieza y desinfección  de las instalaciones al menos dos veces al día.  ATENCIÓN A: pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características.

desinfección
¿CÓMO REALIZAR LA DESINFECCIÓN?
  • Limpieza obligatoria el final del día.
  • Desinfectantes: diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquier otro desinfectante autorizado.
  • Desechar los EPIs y lavarse las manos tras cada limpieza.
  • Otra limpieza preferentemente a mediodía.
  • Limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno. ATENCIÓN A: mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.
  • Desinfectar las zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
  • Lavado y desinfección diaria de los uniformes y ropa de trabajo a temperatura entre 60 y 90ºC.
  • Adecuada ventilación de todos los establecimientos y locales comerciales.
  • Los clientes NO podrán utilizar los aseos de los establecimientos comerciales.
  • Papeleras.Se limpiarán de forma frecuente y al menos una vez al día. En todos los establecimientos y locales tendrá que haber papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable.

 

MEDIDAS DE PROTECCIÓN E HIGIENE PARA LOS CLIENTES, EN EL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO

  • La atención a los clientes no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo trabajador.
  • Geles hidroalcohólicos en la entrada del local o establecimiento.
  • No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba.
  • Sector comercial textil, y de arreglos de ropa y similares. Los probadores se limpiarán y desinfectarán después de cada uso. Si el cliente NO adquiere la prenda, tendrá que ser higienizada antes de que sea facilitada a otros clientes.

 

MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA EL PERSONAL EN LOS ESTABLECIMIENTOS QUE ABRAN AL PÚBLICO

El titular de la actividad económica que se realice en el establecimiento o local deberá cumplir, con las obligaciones de prevención de riesgos establecidas en la legislación vigente, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del COVID19.

medidas higiénicas

 

  • Equipos de protección individual pata todos los trabajadores, geles hidroalcohólicos o cuando esto no sea posible, agua y jabón.
  • El uso de mascarillas será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia.
  • El fichaje con huella dactilar tendrá qué desinfectarse antes y después de cada uso o ser sustituido por otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas.
  • La disposición de los puestos de trabajo, la organización de los turnos se organizarán para garantizar la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre los trabajadores. Esto es responsabilidad del titular de la actividad económica o de la persona en quien este delegue.
  • La distancia entre vendedor o proveedor de servicios y cliente durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barreras, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos.

 

 

 

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