Código LEI. Si tu sociedad opera en los mercados financieros, ¡solicítalo Ya!

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Código LEI

Código LEI. Obligatorio para todas las sociedades que operen en los mercados financieros a partir del 3 de enero de 2018

 

Debido a la entrada en vigor de la directiva europea MiFID 2, todas las sociedades que operen en mercados financieros tienen que obtener un Código LEI. Muchas entidades bancarias están comunicándoselo a las sociedades, no obstante, si no te ha llegado la comunicación, te recomendamos que lo obtengas lo antes posible, ya que a partir del día 3 de enero de 2018 no se podrán gestionar productos financieros si no se tiene previamente este “DNI de las empresas”.

 

¿CÓMO PUEDO SOLICITAR EL CÓDIGO LEI?

A través de la página del  Ministerio de Justicia  www.justicia.lei.registradores.org puedes acceder a todos los trámites relacionados con la solicitud del Código LEI.

La entidad jurídica que solicite un código LEI tendrá que completar los datos necesarios (Datos registrales y legales de la empresa, Domicilios de la entidad, Datos de la persona de contacto y representante legal) en la opción “Solicitud de un identificador global LEI” de la web pública.

Una vez completados y grabados los datos, se imprimirá el documento de solicitud, se firmará por el representante legal y se presentará en el Registro Mercantil de tramitación junto con el justificante de pago de los correspondientes honorarios por la emisión del LEI

 

¡ATENCIÓN! LA OBTENCIÓN DEL CÓDIGO LEI NO ES INMEDIATA

Una vez recibida la solicitud y el justificante de pago de las tasas, el Registrador debe verificar la validez de los datos de referencia basado en la información disponible en diferentes fuentes públicas. También se asegura que no exista ya un código LEI activo y que no haya otras solicitudes en curso para la misma entidad. El proceso de calificación tiene un plazo máximo de 15 días hábiles

 

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