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GUÍA PRÁCTICA PARA AUTÓNOMOS: IMPUESTOS Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN

 

Toda actividad económica está sujeta a una serie de impuestos que recauda el Estado. Los autónomos, como cualquier otro contribuyente, tienen la obligación de liquidar sus impuestos. En este artículo, te explicaremos ⇒ qué impuestos debes pagar como autónomo en 2024, cómo se calculan y qué modelos tributarios debes presentar.

Autónomos empresarial y profesional

 

PRINCIPALES IMPUESTOS QUE DEBE PRESENTAR UN AUTÓNOMO

Los dos impuestos principales que deben pagar los autónomos son:

  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Grava el consumo de bienes y servicios. Se aplica a la mayoría de las actividades económicas, con diferentes tipos impositivos (general, reducido y superreducido). Los autónomos deben liquidar el IVA trimestralmente, mediante el modelo 303.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Grava la renta obtenida por el ejercicio de la actividad económica. Se puede pagar de dos maneras:
    • Estimación directa: Se calcula sobre la base imponible de la actividad, que es la diferencia entre ingresos y gastos deducibles. Se paga trimestralmente mediante el modelo 130 (normal o simplificada).
    • Estimación objetiva: Se calcula a partir de unos módulos que dependen del epígrafe del IAE elegido. Se paga trimestralmente mediante el modelo 131.

arrendador

 

MÁS IMPUESTOS PARA LOS AUTÓNOMOS

Además del IVA y el IRPF, los autónomos pueden estar sujetos a otros impuestos, como:

  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE): Un impuesto municipal que grava el ejercicio de actividades económicas. Se paga anualmente.
  • Retenciones IRPF: Si tienes trabajadores contratados, debes retenerles una parte de su salario en concepto de IRPF y pagarlo a Hacienda trimestralmente mediante el modelo 111.
  • Retenciones en alquileres: Si pagas alquiler por un local comercial, el arrendador te retendrá un 19% del importe del alquiler en concepto de IRPF. Este importe se debe pagar a Hacienda trimestralmente mediante el modelo 115.

Modelos tributarios

Los autónomos deben presentar una serie de modelos tributarios para declarar y liquidar sus impuestos. Los principales modelos son:

Trimestrales:

  • Modelo 111: Retenciones de IRPF a trabajadores o profesionales.
  • Modelo 115: Retenciones de IRPF en alquileres.
  • Modelo 130: Pago fraccionado del IRPF en estimación directa normal o simplificada.
  • Modelo 131: Pago fraccionado del IRPF en estimación objetiva (módulos).
  • Modelo 303: Declaración y liquidación del IVA.
  • Modelo 349: Declaración informativa de operaciones intracomunitarias.

Anuales:

  • Modelo 100: Declaración de la renta.
  • Modelo 180: Resumen anual del modelo 115.
  • Modelo 190: Resumen anual del modelo 111.
  • Modelo 347: Declaración informativa anual de operaciones con clientes y proveedores.
  • Modelo 390: Resumen anual del IVA.

 

PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE LOS IMPUESTOS DE UN AUTÓNOMO

Los modelos trimestrales se deben presentar en los primeros 20 días naturales de los meses de enero, abril, julio y octubre. Los modelos anuales se deben presentar, de forma general, entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente al que se resume en ellos. Te recomendamos que consultes de forma regular el calendario fiscal, publicado por la Agencia Tributaria, para consultar las fechas concretas de cada modelo y trimestre.

En GyL te ayudamos y te explicamos qué impuestos te corresponden, cómo se calculan y qué modelos tributarios debes presentar, así como los plazos.

Si estás pensando darte de alta como autónomo,  CONTACTA CON NOSOTROS. Te asesoramos y ayudamos con todos los trámites.

 

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