Permiso retribuido recuperable

Autónomos programa impulsa
Programa impulsa para autónomos
28 marzo, 2020
Aplazamiento de impuestos covid 19
Aplazamiento de impuestos por COVID-19
7 abril, 2020
Mostrar todo
Permiso retribuido

PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE

El  permiso retribuido recuperable para personal laboral por cuenta ajena, se encuentra regulado en el Real Decreto-Ley 10/2020 de 29 de marzo.Será de carácter obligatorio y por un tiempo limitado. Del 30 de marzo hasta el 9 de abril ambos incluidos.

 

¿A QUIÉN AFECTA EL PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE?

 

        INCLUIDOS

INCLUIDO

 

  • A todos los trabajadores por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado,
  • cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo
  • y que desarrollen  actividades calificadas como no esenciales.

 

 

       

   EXCEPCIONES

EXCLUIDOS

  • Los trabajadores que tengan su contrato suspendido durante el período indicado.
  • Aquellos trabajadores por cuenta ajena que puedan continuar prestando servicios a distancia o estén desarrollando su actividad mediante teletrabajo.
  • Quienes presten servicios en los sectores calificados como esenciales en el Real Decreto-Ley 10/2020.
  • Los trabajadores que presten servicios en las divisiones o en las líneas de producción cuya actividad se corresponda con los sectores calificados como esenciales.
  • Los trabajadores que  se encuentren inmersos en un ERTE.
  • Trabajadores que se encuentran en situación de  baja por incapacidad temporal o cuyo contrato esté suspendido por otras causas legalmente previstas.

 

¿EN QUÉ CONSISTE EL PERMISO RETRIBUIDO?

El permiso retribuido consiste en que los trabajadores «conservarán el derecho a la retribución que les hubiera correspondido de estar prestando servicios con carácter ordinario, incluyendo salario base y complementos salariales»

Será de carácter obligatorio, con las excepciones que hemos citado anteriormente, por el período comprendido entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive. Se trata en realidad de 8 días hábiles, cuyas horas tendrán que ser recuperadas.

El trabajador por cuenta ajena podrá comenzar a recuperar las horas, correspondiente a dicho permiso retribuido, cuando termine el estado de alarma y tendrá como plazo máximo hasta el 31 de diciembre. 

La recuperación tendrá que realizarse mediante pacto entre el trabajador y el empresario. En caso de no alcanzar acuerdo alguno, será el empresario quien notificará la decisión final sobre el procedimiento de recuperación. A modo de ejemplo, podrían ser convertibles en vacaciones disfrutadas.

ACUERDO

 

LÍMITE PARA LA RECUPERACIÓN DE HORAS

SEGÚN CITA TEXTUALMENTE EL RDL «la recuperación de estas horas no podrá suponer el incumplimiento de los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley y en el convenio colectivo, el establecimiento de un plazo de preaviso inferior al recogido  la recuperación de estas horas no podrá suponer el incumplimiento de los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en la ley y en el convenio colectivo, el establecimiento de un plazo de preaviso inferior al recogido en el artículo 34.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ni la superación de la jornada máxima anual prevista en el convenio colectivo que sea de aplicación. Asimismo, deberán ser respetados los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar reconocidos legal y convencionalmente».

 

¿Necesitas ayuda?

Todo nuestro personal está disponible mediante teletrabajo

ayuda renta 2019

 

Nuestro Consejo

Consulta siempre con un experto en la materia. ¡Y…..Vive tranquilo!

Llama al 91 352 29 92 / Escribe a ⇒ hola@gyl-asesores.es
¡SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER!
Suscribirse

CONTACTA CON NOSOTROS

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.