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Cuentas anuales 2017

Nueva declaración a incluir en las cuentas anuales 2017

La gran novedad con la que nos encontramos este año a la hora de preparar las cuentas anuales 2017, es la nueva declaración de identificación del titular real. Y.. ¿en qué consiste esta declaración, es obligatoria para todo tipo de empresas, quién es el Titular Real etc ?  Aquí te dejamos un resumen:

¿Cuando es obligatorio?

– Este nuevo documento es obligatorio para la presentación de cuentas individuales de ejercicios cerrados después de 1 de enero de 2017.

– No es necesario cumplimentar el modelo en relación con las cuentas individuales de ejercicios cerrados con anterioridad al 1 de enero de 2017.

– No es exigible a quien formule y deposite cuentas consolidadas.

– Las filiales y subfiliales también deben acompañar el documento de declaración de titular real dentro de sus cuentas individuales.

– Este documento que debe acompañar a las cuentas anuales 2017:

  • Hay  que cumplimentarlo si formulas y depositas las cuentas según el  “modelo normal”.
  • También, si lo haces según el  “modelo abreviado».
  • O si lo haces según “modelo PYME».

–  Además, están obligados a identificar al titular real, todas las personas jurídicas domiciliadas en España que depositan cuentas en el Registro Mercantil. Se exceptúan las sociedades que coticen en un “mercado regulado” Es decir: están exentas o dispensadas las sociedades (anónimas) cotizadas con domicilio en España, pero no están exentas las que tengan sus acciones cotizadas en el Mercado Alternativo Bursátil (que es un “sistema multilateral de negociación” en los términos previstos en la legislación del mercado de valores).

¿Quién es el Titular Real?

El Titular Real,  es  la persona o personas físicas con un porcentaje superior al 25 por ciento del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica, o que a través de acuerdos o disposiciones estatutarias o por otros medios ejerzan el control, directo o indirecto, de la gestión de una persona jurídica.

– Cuando no exista una persona física que posea un porcentaje superior al 25 por ciento del capital o de los derechos de voto de la persona jurídica, tendrán que indicarse los datos del administrador o administradores. Si el administrador es una persona jurídica, se entenderá que el control es ejercido por  la persona física nombrada administrador de esa persona jurídica.

Recuerda

– Las cuentas anuales son de carácter obligatorio para todas las sociedades.

– Para todas aquellas cuyo período impositivo coincide con el año natural:

  • aunque se presentan en julio, tienen que ser formuladas antes del 31 de marzo de 2018
  • y aprobadas antes del 30 de junio del mismo año.

Accede al texto completo del Registro Mercantil

Finalmente, toda la información la puedes encontrar en la  Orden JUS/319/2018 de 21 de marzo por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales.

¿NECESITAS MAS INFORMACIÓN?

Llámanos 91 352 29 92 o escríbenos a través del formulario de contacto

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