Alquiler de vivienda. Novedades para el 2024

PPDIS VENTAJAS FISCALES
Patrimonio Protegido para Personas con Discapacidad. Por qué constituirlo
13 noviembre, 2023
Asesoría para autónomos
Asesoría para autónomos. Por qué contratar este servicio
17 enero, 2024
Mostrar todo
Alquiler de vivienda-Novedades 2024

NOVEDADES PARA EL 2024 EN EL ALQUILER DE VIVIENDAS

 

Si eres arrendador o propietario de un inmueble o, por el contrario, eres el arrendatario o inquilino, sigue leyendo porque en este artículo te vamos a contar las novedades en el alquiler de viviendas para el año 2024, regulados y detallados en el Real Decreto-ley 8/2023

Nos referimos a las limitaciones en la subida de la renta anual de alquiler, qué ocurre si eres gran tenedor,  o si las nuevas medidas afectan a los alquileres de locales de negocio. Descubre cómo te pueden afectar estos cambios,  y qué medidas debes tomar.

Alquiler de vivienda-Novedades

 

¿CUÁLES SON LAS NOVEDADES EN EL ALQUILER DE VIVIENDA?

Uno de los aspectos clave que afectan tanto a arrendadores como a inquilinos es la limitación a la actualización anual de la renta en los contratos de arrendamiento de vivienda. Esta medida fue inicialmente adoptada por el Real Decreto-ley 6/2022, el 29 de marzo, como parte del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. La última prórroga de esta medida se llevó a cabo mediante la Ley 12/2023, del 24 de mayo, conocida como la ley por el derecho a la vivienda, y ha estado en vigencia desde el 26 de mayo de 2023.

Por otro lado, hemos de recordar que, hasta el 31 de diciembre de 2023, la actualización anual de la renta no podía superar el 2%, que es la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad. Esta restricción tiene como objetivo evitar que la evolución del Índice de Precios al Consumo, afectado por factores nacionales e internacionales ajenos al arrendamiento, impacte excesivamente en la actualización de la renta.

Para el año 2024, se introduce una modificación a esta limitación. Según el artículo 46 del Real Decreto-ley 6/2022, modificado por la Ley 12/2023, se establece una limitación del 3% en la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. A partir de esta fecha, los inquilinos tienen la posibilidad de negociar con los arrendadores el incremento que se aplicará en la actualización anual de la renta, sujeto a ciertas condiciones.

  • Para los grandes tenedores.

    Los definimos como personas físicas o jurídicas titulares de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1,500 m² de uso residencial. El incremento de la renta estará sujeto a un nuevo pacto entre las partes, sin que la variación anual pueda exceder del 3%. En entornos de mercado residencial tensionado, esta consideración también podría aplicarse a titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial en dicho ámbito.

  • Para arrendadores que no sean grandes tenedores.

    El incremento de la renta anual estará determinado por un nuevo acuerdo entre las partes, y en su ausencia, no podrá ser superior al 3%.

Alquiler grandes tenedores 2024

¿QUIÉNES QUEDAN EXCLUIDOS?

No todos los inmuebles están sujetos a estos cambios. Esta medida no afecta a los locales de negocio, que quedan excluidos de la limitación en la actualización de la renta.

En resumen, el 2024 trae consigo cambios en la regulación de los arrendamientos de vivienda en España, destacando la limitación al aumento anual de la renta, con condiciones específicas para arrendadores grandes tenedores y no grandes tenedores, mientras que los locales de negocio quedan excluidos de esta restricción. Estos cambios buscan equilibrar la relación entre arrendadores e inquilinos en un contexto de crisis y conflictos internacionales.

Si necesitas asesoramiento sobre el arrendamiento de viviendas y los efectos fiscales en tu declaración de la Renta, tanto si eres arrendador como arrendatario, ponte en contacto con nosotros.

 

 

Nuestro Consejo

Consulta siempre con un experto en la materia. ¡Y…..Vive tranquilo!

Llama al 91 352 29 92 / Escribe a ⇒ hola@gyl-asesores.es
¡SUSCRÍBETE A NUESTRA NEWSLETTER!
Suscribirse

SOLICITA PRESUPUESTO

 

Llama al 91 352 29 92 / Escribe a ⇒ hola@gyl-asesores.es

 

ayuda renta 2019

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.